SEDRONAR

Informes de la Universidad de Buenos Aires

La UBA informará al Renpre, con carácter de declaración jurada, el movimiento de las sustancias químicas. Esta información deberá presentarse dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre.

Nota: Se deberán informar en forma inmediata las pérdidas o desapariciones irregulares o excesivas de aquellas sustancias, que se encuentren bajo su control.

Ubicación

Las personas físicas o jurídicas que realicen cualquier tipo de operaciones con sustancias incluidas en el Certificado, deberán fijar lugar físico donde se pueda constatar stock de las mismas. El Renpre le asigna a cada sitio un CUFE (Código Único Físico de Establecimiento)

Suspensiones e Inspecciones

El Sedronar tiene la potestad de suspender o rechazar la inscripción en el Registro por:

1) Incumplimiento del deber de informar

2) Falsedad total o parcial del contenido de la información.

3) Ocultamiento de documentación u otros elementos,

Sedronar o quien ésta autorice, podrán practicar en todo el territorio del país inspecciones a los establecimientos, donde se declaren sustancias químicas incluidas en el Certificado. Los funcionarios que durante la inspección, juzguen necesario y/o presuman la existencia de productos sin autorización de venta, o presuntivamente falsificados, adulterados o alterados, procederán previa autorización judicial a suspender la circulación de dichos productos y extraer muestras.

Responsabilidades

Para el Renpre, la UBA es la responsable legal de todas las actividades relacionadas con la compra, uso, y guarda e información trimestral u otra de los precursores químicos.

Para la compra, el uso y guarda de los precursores químicos, el Renpre le asignó a la FCEN un Nº de CUFE (9980332930002). La FCEN determinó las responsabilidades indicadas en las Resoluciones.